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artasan 03/08/2008 12:12

Problemas con piscina
 
El problema es el siguiente, resulta que compro a AIFOS una vivienda en Roquetas de Mar, que supuestamente incluía una piscina en el bloque, bueno pues resulta que debido a no sé que problemas la piscina pasó a mejor vida y en su lugar nos edificaron unos bonitos garages en superficie, con lo cual ganaron más dinero, aparte del que se ahorraron al no hacer la piscina.

A la hora de escriturar no hubo probemas tangibles, ya que, en mi caso previamente había denunciado al promotor de la vivienda, ante la junta de Andalucía, y esa denúncia la presenté al notario, quedándose la de la promotora con dos palmos de narices, pues no tenía de idea de la denúncia. En la escritura figura una servidumbre de uso (no de propiedad), ya que la piscina se encuentra en otro bloque y a su vez los propietarios de ese otro bloque tienen en sus escrituras una servidumbre de cesión de uso.

Realmente los problemas han surgido cuando ha llegado la época de uso de la piscina, ya que hay vecinos del bloque donde está la alberca, que nos dicen que nosotros no podemos siquiera entrar al recinto.

Yo me pregunto si en vez de guerrear entre nosotros, no nos sería de más probecho, ya que hay que guerrear, hacerlo contra Aifos.

Espero que algún propietario del mencionado bloque pueda leer esto y meditándolo, y sea capaz de transmitirlo a sus convecinos, como yo a mi vez lo haré en mi bloque.

patapa 03/08/2008 23:57

1ª No entiendo tu pregunta, si no hay piscina y hay garajes ¿en que piscina os quereis bañar?

2ª No se como se os ocurre comprar a AIFOS, TRAMPOLIN HILLS, y promotoras similares.

3ª Sea lo que sea, si tienes una servidumbre de uso (de propiedad no pueden existir servidumbres) de una piscina o de un garaje, o de una piscina dentro de un garaje, aunque no debieron calificarlo así, si no como un derecho real de usufructo en la proporción que os corresponda, los vecinos del otro bloque no os pueden negar el acceso, en caso de que os lo nieguen podríais ir al juzgado de instrucción por coacciones y que decida el juez de lo penal también la cuestión civil, o acudir al juzgado de instancia a ejercitar vuestra acción declarativa de derechos.


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