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dakota 2000 29/11/2007 01:59

Sobre denuncia de trafico
 
Hola.
Un amigo mio ha recibido una denuncia por hablar por el telefono movil mientras conducia.
Mi consulta es porque la denuncia viene a su nombre como titular del vehiculo, pero no le han parado en ningun momento ni lo han identificado.
El agente solo ha visto a alguien hablando por el movil, ha tomado la matricula y ha extendido la denuncia.
El no puede ser porque el coche es de su mujer y solo lo coge ella y alguna veces su hijo.
Puede hacer algo al respecto?
Es legal extender la denuncia por este concepto sin identificar al conductor?

Saludos

MIKOLD 29/11/2007 16:47

Para nada, puede recurrir, tienen el deber de comprobar la identidad del conductor, desde que entró el carnet por puntos más que nunca.Ya que el que se keda sin puntos es tu amigo sin comerlas ni beberlas.
Que hable con el seguro y recurra, si ha sido tal cual lo has contado tiene todas las de ganar.Ya que no pueden demostrar que fuera el quien iva conduciendo.

sabandijo 29/11/2007 17:16

¿Tan fácil es?

El agente no puede demostrar quien llevaba el vehículo pero si el propietario tampoco demuestra que no era él quien conducía es la palabra de uno contra la del otro y en este caso prevalecería la de la autoridad.

Ahora si el amigo puede demostrar que él no conducía y que era su mujer quien lo hacía la sanción se la pondrían a ella.

Eso si, que la sanción la quiten no lo veo yo tan claro. :rolleyes:

Saludos

MIKOLD 30/11/2007 02:14

El agente tiene el deber de pedir el permiso de circulación al poner una multa que no sea por exceso de velocidad con radar automatico y anotar sus datos para tramitar la denuncia.Si no lo tiene no puede demostrar que era el el que conducia, aunque el amigo diga lo contrario no es su palabra contra la de el.Ya que el agente no tomo los datos del conductor y por lo tanto no puede quitar los puntos de alguien al que no le ha cotejado los datos.
Salu2

sabandijo 30/11/2007 02:33

Gracias, bueno es saberlo ;)

dakota 2000 30/11/2007 15:14

Hola.

Muchas gracias por las respuestas.

Saludos

perepe 01/12/2007 21:54

Pregunta
 
Estas seguro que no hace falta identifivcar al conductor?
Porque el propietario tiene la obligacion de saber quien llebaba el coche.
Saludos

Efebo 03/12/2007 17:06

Estais un poco equivocados...-:D

La sanción puede llegar perfectamente por correo, por eso no hay problema. Desde ese momento, el propietario del vehículo (que es a quien le llega la sanción, obviamente, a la dirección que figura en la DGT con ese número de matrícula) tiene la obligación de identificar al conductor del vehículo, suponiendo que no fuera el mismo propietario. Sobre esa persona a la que se ha identificado, recaerá la sanción correspondiente, que en este caso son 90 € de multa y dos puntos del carnet.

El propietario del vehículo tiene la obligación en todo momento de saber quien conduce el vehículo de su propiedad.

Saludos desde el sur

Efebo

ZackY 04/12/2007 01:00

Me comentaron el caso de un amigo, que le multaron "por rascarse la oreja". Al parecer, iba conduciendo con una mano en la oreja, rascándose el oido, le pararon y le multaron por hablar por movil. El intento explicar lo que estaba haciendo, pero no hubo forma, se llevo la multa a casa.

sabandijo 04/12/2007 01:08

Ya me imaginaba que tan fácil no podria ser :rolleyes:

Después de leer lo que has expuesto Zacky aun querran hacernos creer que nos multan sin ningún afán recaudatorio.

Como está el patio :rolleyes:

fanatics 04/12/2007 01:41

efebo si no te paran la multita te cae pero los puntos no te los pueden quitar ya que no se puede comprobar quien conducia el vehiculo, o por lo menos eso creo yo

Efebo 04/12/2007 18:31

Cita:

Iniciado por fanatics (Mensaje 3122675)
efebo si no te paran la multita te cae pero los puntos no te los pueden quitar ya que no se puede comprobar quien conducia el vehiculo, o por lo menos eso creo yo

Cae tanto la multa como los puntos. De hecho, esto ha dado origen a un floreciente negocio de "venta de puntos"... Me explico. Tu cometes una infracción por la que te caen 6 puntos; pues bien, buscas por ahí a una persona a la que no le importe perder esos puntos (un señor mayor que ya no conduce, por ejemplo), y a cambio de una cantidad de dinero ese señor accede a que le identifiques como conductor del vehículo en el momento de la infracción...

La picaresca en España funciona francamente bien, ya se sabe :rolleyes:

Saludos desde el sur

Efebo

alogabis 05/12/2007 12:07

El agente de la autoridad en este caso, puede alegar que no se ha identificado el vehiculo por estar en un servicio estatico, servicio preferente o simplemente por razones de densidad de trafico.
La persona que conduce el vehiculo SIEMPRE es la responsable del mismo, y en ese caso la denuncia formulada por el agente salvo prueva en contra es completamente valida, es obligacion del conductor identificar en todo momento a la persona que circula con su vehiculo, de hecho, si en el pliego de descargos alega que el no conducia ese vehiculo, la jefatura de trafico le mandara un escrito para que identifique al coductor del mismo para proceder a hacer efectiva la sancion y la retirada de puntos si procede.

Un saludo y a respetar las normas de circulacion por el bien de todos.

pakillo loco 12/12/2007 21:21

Interesante caso.
Debemos ir por partes, para saber que podemos alegar en el pliego de descargos y después, si estamos dispuestos, poner en el recurso contencioso administrativo.
El 80% de las multas que no se pagan es por defecto del procedimiento. Por lo tanto, empieza a alegar como un cosaco y alarga el procedimiento hasta caer en indefensión o caducidad.
La ley te obliga a identificar al conductor, pero y si no lo sabes. No te puede obligar a que lo sepas. Es decir, ese día el coche lo pudo llevar tu mujer, tu hijo y tu vecino, o mejor tu vecina:p, Si citas a los tres,estas cumpliendo con la ley y no puedes identificar al conductor porque tu dejaste las llaves por la mañana en casa y no volviste hasta la tarde.
Que sea la Jefatura quien inicie un procedimiento de averiguación.
Es mas, puedes decir que pasaron los dos por el mismo sitio con 20 minutos de diferencia y ellos no sepan a qué hora en concreto pasaron. No se podrá imponer la multa a los dos, ¿verdad?.
Lo de hablar por telefono y conducir con la cabeza apoyada en el brazo izquierdo se puede llar a presentar de una forma tan ambigua que haga que los fundamentos de la denuncia no sean muy consistentes ante un juez.
Bueno, no me extiendo mas, con esto he dado unas pinceladas para pensarun poco.
2salu2 y até mais

delfinbcn 14/12/2007 12:55

efebo, como tu dices debe ser legalmente, el propietario tiene la obligación de identificar al conductor en caso de que no fuera el, ni más ni menos, vuelan puntos y euros, 2x1 como las pizzas, el agente no tiene que probar nada de nada, el boletín de denuncia tiene carácter probatorio y presunción de veracidad, es el denunciado el que tiene que probar lo contrario.

vicente 1 01/01/2008 13:50

[QUOTE=delfinbcn;3139748]efebo, como tu dices debe ser legalmente, el propietario tiene la obligación de identificar al conductor en caso de que no fuera el, ni más ni menos, vuelan puntos y euros, 2x1 como las pizzas, el agente no tiene que probar nada de nada, el boletín de denuncia tiene carácter probatorio y presunción de veracidad, es el denunciado el que tiene que probar lo contrario.[/QUOTE]

por un caso parecido en el que hay una distraccion, llevo 103 dias de baja por que el susodicho no "vio" un STOP y con su pedazo de boca "se lo tragó".Resultado, la furgona en la que yo iba volco, me sacaron por el parabrisas con una maza de hierro y lo dicho, 103 dias de baja (de momento) con dolores de espalda y de todo el cuerpo y 40 sesiones de rehabilitacion, asi que perder 90€ y 2 puntos en el permiso de conducir me parece muy poco.
Si es cierto que estaba hablando por el movil, pues la verdad es que visto desde el punto de vista del que va haciendo su trabajo y respetando la ley y le meten un leñazo por la distraccion, pues deberian quitarle el permiso directamente y no andar con 2 puntitos de mierd..
Un saludo


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