alquiler
buenos dias, a un inquilino moroso lo denuncio por impago del alquiler, gano el juicio, al inquilino le condenan a pagar las deudas mas costas.
mi abogado y procurador me psa su minuta para que yo se las pague. esa minuta creo a mi entender deben cbrarlas al inquilino por ser condenado apagar las costas,rero me dicen que se lo pague a ellos, y yo se la cobre las costas a mi inquilino. . no lo comprendo alguien me lo puede aclarar. gracias |
Cita:
Hacienda, pensiones, nóminas, etc. y pidiendo un informe de bienes para anotar embargo preventivo por el total deuda , todos estos gtos tendrás que volver a solicitar al juez que los incluya en la demanda creciendo asi la deuda contraída por el inquilino. Ahora bien si la realidad es que no tiene un duro y no hay donde agarrarse , no le echaría más dinero al tema, con la condena te vale para que desaloje el piso que es lo que te interesa. Todo lo demás es pasta que o no cobraras, por que sera insolvente en el peor de los casos, en el peor de los casos y además todo tiene plazos incluso embargo que si los renuevas de costará dinero. Y ejecutar un embargo de una propiedad no te digo. Siempre que hay un tema así, hay que sopesar con quién te vas medir y estudiar si te interesa en dinero y paciencia La justicia para los pobres es cara desgraciadamente en este país, así no va |
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