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jarping 20/07/2007 19:34

problema con plusvalia, ayuda
 
hola seré breve, en septiembre del 2005 compre un piso nuevo, y resulta que el 4 de julio del 2007 me viene una carta del ayuntamiento pidiendome 2300€ en concepto de plusvalia pero el tema es que me lo reclaman desde el año 1983 digo ostias eso como va a ser si yo compre la casa en el 2005, miro las escrituras y se que aparece que yo pagaba la plusvalia esas clausulas abusivas que te ponen y que por ley corresponden al que vende y no al que compra, bueno he hablado con el de mi banco y con un notario y me ha dicho que me quede tranquilo que eso corresponde al vendedor y que sino que lo denuncie por fraude y mala fe, ya que la casa me la vendio a traves de otra persona y ponia en las escrituras que la casa estaba libre de todo cargo.

que pensais

crisalian 21/07/2007 02:03

1.- Los contratos tienen fuerza de ley.

2.- Se ha de transmitir la propiedad libre de cargas y gravámenes.

3.- Aun siendo responsabilidad del vendedor te tocara reclamar, y te costará tiempo y dinero a pesar de posiblemente tener razon.

A mejor saber y entender.

TheDog6 02/08/2007 11:44

No me hagas mucho caso, pero leo que la plusvalía está regulada por la ley del 88 de las Haciendas Locales, y en el 91 yo tuve que pagar la plusvalía de un piso que compré porque era de un familiar y se empeñó, pero el contrato fué válido, así que a no ser que haya habido alguna reforma (búscate la Ley de Haciendas Locales) me temo que te toca.

pakillo loco 07/08/2007 10:05

No se si andaré fino coneste tema pero veo un par de presupuestos en este caso:
1º Por Ley viene regulado los gastos que deben soportar vendedor y comprador, pero no de forma imperativa, es decir, por contrato se puede acordar quien debe soportar los gastos o como repartirselos.
2º Hablas de que los 2300€ es del 83 y la compraventa es del 2005, por lo tanto los gastos que debes soprtar y pagar son los de la compraventa de 2005 y no la anterior. Todo esto hay que matizarlo leyendo el contrato por si te lo han metido en letra pequeñita.
3º Por defecto, el Ayuntamiento se dirige al actual titular del inmueble por lo que te ha tocado a tí, pero no eres el sujeto pasivo de la deuda por lo que debes presentar el recurso haciendo ver esto.
Saludos y até mais


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