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Antiguo 10/01/2008, 01:00   #19
kaskaos
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Fecha de ingreso: 31/dic/2002
Mensajes: 34
kaskaos está en el buen camino
una vez mas gracias por vuestras respuestas, pero me han contestado esto en otro foro y me he quedado

mira, yo llevo bastantes asuntos de propiedad horizontal, y el mismo caso que te pasó a tí le pasó a otro forero hace ya algún tiempo, por lo que contesté que tú dentro de tu plaza puedes hacer lo que quieras, siempre que no contravengas estatutos ni sea una actividad molesta, nociva o insalubre, cosa que entiendo que no ocurre al aparcar dos vehículos.

ahora bien, otra cosa es que se haya aprobado en una junta la prohibición de aparcar más de un vehículo en una plaza de garaje; en este caso, el acuerdo aprobado será totalmente válido una vez que devenga firme, por tanto, tu hermano debería impugnar el Acta en el periodo legal (3 meses desde la notificación del acta) para intentar invalidar el acuerdo judicialmente.

en cuanto al caso de tu hermano, es decir, que sí permiten que se utilice la plaza por más de un vehículo, pero cobrando una cuota por cada vehículo, entiendo que se trata de un acuerdo nulo de pleno derecho, por lo que el plazo para impugnar el acta sería de 1 año desde la notificación del mismo a tu hermano.

problema: 2 plazas x 80 euros suponen 160 euros.

[COLOR="Red"]impugnación judicial de acta: dependiendo de tarifas, puede suponerte unos 2.000 euros entre abogado y procurador, con la posibilidad de duplicarse caso de perder el pleito con costas o de ser reintegrados caso de ganar el pleito con costas.[/COLOR]
personalmente, entiendo que se trata de un asunto claro a favor de tu hermano, ya que se tiene que pagar acorde con el coeficiente de cada propietario (a no ser que haya una excepción vía estatutaria), y el acuerdo, de ser vía modificación de estatutos, debería aprobarse por unanimidad, con lo que si estuviera en plazo (1 mes desde acta), tu hermano podría votar en contra, con lo que el acuerdo se invalidaría.
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