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Antiguo 20/04/2008, 12:10   #3
Julianm1001
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Julianm1001 está en el buen camino
Igualmente, cualquier copropietario de un edificio en régimen de propiedad horizontal o, en su caso, cualquier arrendatario de todo o parte de un edificio tendrán derecho, a su costa y en caso de que no exista una infraestructura común en el mismo, a instalar ésta. También podrán realizar la adaptación de la infraestructura ya existente en el edificio a lo establecido en el artículo 1.2 de este Real Decreto-ley.
Imprime el articulo y se lo da al presidente asi fue como yo actue y tenia a 41 vecinos en desacuerdo mi antena esta puesta desde ace cuatro años
Un saludo
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