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Antiguo 24/04/2008, 13:47   #1
jayai18303
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Mensajes: 1
jayai18303 está en el buen camino
Unhappy Negación a instalación parabólica

Hola gente.

Quería haceros una consulta y a ver que me decís.

El otro día mandé un escrito (el cual, saqué de este foro ) al administrador de la comunidad de vecinos . En el incluía el Real Decreto Ley 1-98 de ICT.

En la carta indiqué que la instalación se haría de forma segura y sin afectar a nadie (lo típico, vamos...)

Hoy me han dicho que van a poner una parabólica comunitaria (la típica del canal +)... vamos, que me han fastidiado bastante . Y me quedo sin hotbird y todos......

Según la Ley, tienen 3 meses para instalación. Mi pregunta es:

¿Qué ocurre si en esos 3 meses no han instalado nada?

Hay vecinos que ya tienen de hace tiempo puesta la parabólica ((( algunos en la azotea, otros en sus ventanas ))). Mi pregunta es:

¿Deberían sus parabólicas ellos?.

Muchas gracias a tod@s y perdón por el tocho.

PD: Alguna ayuda o sugerencia no me vendría nada mal

saludos

Última edición por jayai18303; 24/04/2008 a las 13:48.
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