Tu relación con los administradores es la misma que la que hubieras tenido en su caso con el empresario, por tanto te corresponden las mismas acciones contra ellos, si se retrasan en el pago pactado podras instar la resolución con indemnización de daños, o la devolución. El problema es que al estar en concurso ya habrán empezado a comunicar deudas el resto de acreedores por lo que tu crédito en su caso tendrá el orden que le corresponda, vamos que a la cola.
Si ellos te han realizado pedidos y asegurado el pago (aunque supongo que de palabra) podrían incurrir en responsabilidad personal en caso de incumplimiento.
No obstante, y es un consejo, en los tiempos que corren intenta evitar hacer negocios con empresas que se encuentren en una situación financiera delicada, especialmente con aquellas que esten en situación concursal, porque tienes todas las papeletas para que te enganchen.
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