desde mediados de los 70 es obligatorio tener instalado el ICP, desde hace tres ocuatro años algunas comunidades autonomas, entre ellas andalucia y cataluña, obligan para las nuevas altas o para subida de potencia contratada que la instalacion cumpla nuevos requisitos entre los que están la instalacion de proteccion de sobretensiones que los cables de acometida sean ignifugos asi como otros requisitos mas.
lo que las compañias estan cominicando a los que continuan con la llamada "tartifa nocturna" y que al disponer de esa taifa en su dia no necesitaban ICP, que necesitan tener ICP instalado o si no que les aplicaran la tarifa de potencia contratada maxima, dando te la opcion de colocarte tu el ICP en propiedad y pasando ellos a precintarlo o que te lo pongan ellos en modo "alquiler" pero en este caso si no tuvieras el hueco pertinente para podertelo instalar debes de habilitarlo previamente tú pues ellos no lo hacen.
en la actualidad todos estos trabajos los suele hacer personal no de plantilla, por lo que van a lo suyo ya que son trabajos baremados y no se preocupan del resto de la instalacion.
Última edición por zalitos; 25/07/2010 a las 22:33.
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