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Antiguo 29/09/2010, 17:00   #2
mangaka45
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mangaka45 es realmente agradablemangaka45 es realmente agradablemangaka45 es realmente agradablemangaka45 es realmente agradablemangaka45 es realmente agradable
a ver, que halla separacion de bienes salvo que vivas en cataluña que es el regimen habitual cuando alguien contraiga matrimonio efectivamente no hay separacion de bienes, lo que rige en su defecto es BIENES GANANCIALES.

es decir, la mitad para cada uno, y si teneis hij@s y son menores de edad hay ya entra lo que seria la custodia de los cri@s, porque los niños hasta que sean mayores de edad y si la vivienda es propia, tienen derecho al usufructo de la misma, y por tanto quien tenga su custodia disfrutara de la misma.


y una serie de cosas mas....pero bueno eso segun veas y quieras.
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