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Antiguo 04/12/2010, 19:10   #6
malillo1
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malillo1 está en el buen camino
[QUOTE=ekinoj;4161734]En los embargos de nóminas para pensión de alimentos no se aplica el límite de inembargabilidad del smi ni tampoco la escala que indicas. Todo queda en la voluntad del juzgador, sin que tenga que atender a esos límites. Normalmente se atiende a las situaciones del que debe pagar la pensión: hipoteca, otras cargas familiares, cantidad del sueldo...

Artículo 608 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Ejecución por condena a prestación alimenticia.

Lo dispuesto en el artículo anterior (que regula el no embargo del smi y la escala de embargabilidad) no será de aplicación cuando se proceda por ejecución de sentencia que condene al pago de alimentos, en todos los casos en que la obligación de satisfacerlos nazca directamente de la Ley, incluyendo los pronunciamientos de las sentencias dictadas en procesos de nulidad, separación o divorcio sobre alimentos debidos al cónyuge o a los hijos. En estos casos, así como en los de las medidas cautelares correspondientes, el tribunal fijará la cantidad que puede ser embargada.[/QUOTE]

Gracias por contestar.
Creo que no me he explicado bién. Mi pregunta es sobre un embargo de nómina por una deuda con un banco, y aparte ya se está pasando 200€ por pensión alimenticia a un hijo.
Si no me equivoco para pagar la deuda del banco a través de una sentencia judicial se aplican los tramos antes citados, por ejemplo de una nómina de 1000 €, el smi creo que está por los 630 €, de los 370 € restantes, te embargarían 111 € para ir pagando la deuda.
Mi pregunta es si afecta la cantidad que se pasa por pensión alimenticia para el cálculo de la cantidad a pagar por la deuda con el banco?

Saludos
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