[QUOTE=sabito;4329452]creo que prescribe si no se comunica en un plazo de 3 meses.
Artículo 92. Prescripción y caducidad.
1. El plazo de prescripción de las infracciones previstas en esta Ley será de tres meses para las infracciones leves y de seis meses para las infracciones graves y muy graves.
El plazo de prescripción comenzará a contar a partir del mismo día en que los hechos se hubieran cometido.
[url]http://www.multas-trafico.es/prescripcion-multas-trafico.htm[/url][/QUOTE]
Se interrumpe por cualquier actuación de la administración, no sabemos las actuaciones realizadas. Lo más probable es que esté prescrita pero no lo podemos saber con certeza.
Si la notificación es por correo ordinario, a todos los efectos es como si no se hubiere producido, de ahí que le preguntara.
A ver si viene y nos facilita más datos.
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