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Antiguo 31/05/2013, 01:49   #22
tulile
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Re: Baja Digital+

Esto es lo que aparece en el contrato de Digital +

ARTÍCULO 9: Terminación

A) EL CLIENTE PODRÁ RESOLVER EL CONTRATO discrecionalmente y en cualquier momento mediante comunicación de su voluntad de resolverlo realizada a través de los medios señalados en la cláusula 12 de notificaciones.
En los casos de abono del Servicio por cuotas mensuales por adelantado, la fecha de efectos de la baja será el primer día del mes siguiente a la recepción de comunicación de la misma.
En los casos en que Usted se haya beneficiado de una promoción condicionada a una permanencia determinada y/o CANAL+ hubiera asumido la totalidad o parte de la cuota de alta y/o coste de instalación u otros descuentos promocionales en respuesta a contar con su confianza como cliente al menos durante 12, 18 meses o el periodo de permanencia especificado en sus Condiciones Particulares, de solicitar resolver el contrato con anterioridad al periodo de permanencia pactado, deberá abonar los conceptos que le hayan sido subvencionados.
En los casos de pago anticipado, la fecha de efectos de la baja tendrá lugar en el momento de finalización no retrotrayéndose al Cliente cantidad alguna.
En el momento en que se resuelva el contrato, el Cliente deberá devolver el material que le hubiera entregado DTS en el momento de contratar, a cualquier distribuidor autorizado de CANAL+, según se indique en Anexo I o material promocional al efecto.

E) DEVOLUCIÓN DEL MATERIAL ENTREGADO POR DTS
1. Al finalizar el contrato, y sin perjuicio del carácter gratuito del préstamo del descodificador, el Cliente está obligado a devolver a DTS el material que ésta le puso a disposición en el marco del presente Contrato en el plazo máximo de un mes desde la fecha de baja efectiva en el servicio.

2. El Cliente podrá optar entre:
a.Devolver el material a cualquier distribuidor autorizado de CANAL+, para lo cual podrá ponerse en contacto con el Centro de Servicio al Cliente en el teléfono 902 11 00 10, donde le indicarán el Distribuidor Autorizado más cercano a su domicilio. El Cliente devolverá todo el material en perfecto estado al Distribuidor Autorizado, quien le entregará un documento acreditativo de la devolución efectuada.
b.Solicitar a DTS que retire el material de su domicilio, mediante el pago de una cantidad de 30 euros. Para acogerse a esta opción, el Cliente deberá comunicar a DTS su voluntad de que el material sea retirado en su domicilio, en el plazo máximo de 15 días desde la fecha efectiva de la baja en sus servicios contratados, a través de cualquiera de los siguientes medios: Carta dirigida al Apartado de Correos nº 51.130, 28080 MADRID; Escrito enviado al Fax nº 902 21 31 21; Comunicación a través de correo electrónico a la dirección [email]clientes@canalplus.es[/email].
c.El Cliente deberá indicar en su comunicación la fecha y la hora en que se desea que se retire el material de su domicilio. DTS enviará a una persona acreditada al domicilio del Cliente que retirará el material y entregará al Cliente un documento que acredite la retirada del equipo.

3. Si al recibir el material o al retirarlo del domicilio del Cliente, el personal autorizado de CANAL+ percibiera que el material está estropeado, defectuoso o faltase algún elemento integrante del mismo, tal circunstancia podrá hacerse constar en el documento acreditativo de su devolución. En tal caso, DTS podrá reclamar al Cliente el coste de de la reparación los daños causados en el material o el valor del material que faltase.

4. Si en el plazo previsto el Cliente, salvo en casos de fuerza mayor, no devuelve el material o no comunica en cualquiera de los modos establecidos en la condición nº 12 a DTS su voluntad de que se retire el material de su domicilio (o si resultase imposible recoger el material en el día y hora indicados por el Cliente por causa no imputable a CANAL+), DTS podrá exigir al Cliente la cantidad diaria de seis euros (6€) hasta que el Cliente devuelva el material, como compensación por la retención indebida de materiales puestos a disposición por CANAL+, con un límite máximo de trescientos euros (300€).



Yo antes de devolver el recibo, y tener que discutir sobre un impago de recibo. Lucha para que te devuelvan la pasta, antes de devolverlo. Pues, de ser un cobro irregular por haberte cobrado un recibo otra la solicitud de la baja, pasan a reclamar te ellos un impago.
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