[QUOTE=morpy;4830397][COLOR="Red"](En tal coyuntura, se configura un grave riesgo de fuga en los encausados
derivado de la grave punición a la que se enfrentan por su eventual
responsabilidad penal por rebelión.)
[/COLOR]
¿que ha cambiado desde sus primeras comparecencias?....
salu2[/QUOTE]
No lo se, dímelo tu. ¿Acaso se apoya el juez en que terceras personas hayan puesto tierra pos medio?
¿No dice acaso precisamente lo contrario en la página quinta del auto cuando dice textualmente;[QUOTE] Expresan los procesados presentes que su comparecencia ante el Tribunal es expresión del posicionamiento contrario que trata de conjurarse y que no puede adoptarse una resolución en función[B] del comportamiento procesal que hayan podido adoptar otros encausados.[U] El alegato es razonable[/U]. La consideración del riesgo de fuga de los encausados debe de hacerse en análisis [U]
[/U][/B] y estas vienen presididas por haber comparecido ante este instructor en cuantas ocasiones han sido llamados.
[/QUOTE]
Te aconsejo ncarecidamente, que trates de poner todo el empeño en informarte, y no en dejarte influir por opiniones tan fáciles como populistas.
Salud
|