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Antiguo 17/06/2008, 13:34   #4
patapa 
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Fecha de ingreso: 25/nov/2006
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patapa llegará a ser famoso muy pronto
Prohibir la entrada de animales en los ascensores del edificio no requiere aprobación por unanimidad.

Si no estuviera prevista tal prohibición en los estatutos, para prohibir el uso de ascensores a los animales deberían modificarse los mismos, siendo suficiente el voto de la mayoría de las cuotas de propiedad ( o de asistentes a la junta respetando lo dispuesto en la LPH sobre votaciones y no asistentes ) salvo que los estatutos regulen otro régimen para la adopción de acuerdos.

Como ya te han dicho también deberías estudiar lo dispuesto en las normas de tu municipio sobre tenencia de perros, animales de compañía, etc.

P.D. me hace gracia cuando menos el art. 14 de la ordenanza de pupita, donde el ayuntamiento a mi modo de ver se ha extralimitado en las competencias que le vienen atribuidas al regular el uso de una propiedad privada, dentro de otra propiedad privada, por animales que en teoría gozan de licencia, autorización, o simplemente no esté prohibido su tenencia dentro de una vivienda. La normativa general de sanidad y las normas relativas a cuidado y tenencia de perros y animnales de compañía no llegan tan lejos como ese ayuntamiento, a ver si lo próximo que aprueban es la prohibición de piar a los pájaros entre las 10 de la noche y las 8 de la mañana.

P.D.2, es cierto, los de telepizza huelen muy mal, sobre todo cuando han entrado al ascensor antes que tú y llegas a casa muerto de hambre despues del trabajo, a ver si aprueban una ley que les oblique a transportar las pizzas en urnas blindadas.
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