Ver Mensaje Individual
Antiguo 03/12/2007, 17:06   #8
Efebo 
Odio la Tele...
 
Avatar de Efebo
 
Fecha de ingreso: 03/ene/2004
Mensajes: 3.691
Efebo ha deshabilitado la reputación
Estais un poco equivocados...

La sanción puede llegar perfectamente por correo, por eso no hay problema. Desde ese momento, el propietario del vehículo (que es a quien le llega la sanción, obviamente, a la dirección que figura en la DGT con ese número de matrícula) tiene la obligación de identificar al conductor del vehículo, suponiendo que no fuera el mismo propietario. Sobre esa persona a la que se ha identificado, recaerá la sanción correspondiente, que en este caso son 90 € de multa y dos puntos del carnet.

El propietario del vehículo tiene la obligación en todo momento de saber quien conduce el vehículo de su propiedad.

Saludos desde el sur

Efebo
__________________

SI SECRETUM TIBI SIT,
TEGE ILLUD, VEL REVELA.


Ni olvido, ni perdono
Efebo está desconectado
Respuesta rápida a este mensaje
Responder Citando Subir