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Antiguo 08/01/2008, 23:43   #6
kaskaos
Usuario Activo
 
Fecha de ingreso: 31/dic/2002
Mensajes: 34
kaskaos está en el buen camino
[QUOTE=pakillo loco;3174929]El tema de la comunidad de propietarios no lo tengo muy claro pero creo que esto te puede servir:
Los gastos de comunidad vienen fijdo por la cuota de participación que tengas sobre el conjunto del inmueble y sobre esa cuota de participación se aplica el tipo que corresponda es decir, si hay 100€ de gastos y tu cuota es de 0,17, pues divides y ya esta.
ni un centimo estas.
Por lo tanto, el acuerdo de la junta es contra los estatutos y, por tanto, contrario a Ley. Lo que significa que es nulo y dispones de un año para impugnarlo.
Todo lo mas que podrían hacer es impedir que aparques dos vehículos. Pero tampoco procede porque si no molestas a nadie, puedes hacer el uso que quieras a tu plaza de garaje (se de casos que aparcan coche y moto y hasta quienes se hacen un armarito detrás como trastero).
Yo, para ver si se echan atrás, les enviaría un escrito por correo certificado y acuse de recibo (para que no te gastes mucho dinero de momento) exigiendoles que detallaran los gastos totales y tu cuota de participación con aclaración del porqué de los dos recibos y que te faciliten una certificación del acuerdo de la junta de propietarios que obliga al pago de dos recibos.
2salu2 y até mais[/QUOTE]

Cuando dices que es contrario a los estatutos, hay unos estatutos para todas las comunidades o pueden establecerse de alguna forma y meter cuestiones como la planteada?
kaskaos está desconectado
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