No estoy de acuerdo en que si la autoliquidación saliera a no pagar nada no conlleve multa. Según el art. 198 de la ley general tributaria, el no presentar la autoliquidación cuando no hay perjuicio económico esta tipificado como infracción leve y tiene una multa fija de 200 a 400 euros.
Un saludo.
__________________ Miembro de honor del "cuarteto capitolino"
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