Yo alegaría y recurriría todo lo que pueda, y en última instancia al contencioso, las pruebas que puedas las aportas como las que te han dicho, ya las valorará quien tenga que valorarlas, otra que podría servirte es una factura de un bluetooh .........
Al final si la ganas, si no tienes testigos que pueda atacar la versión de los policías, será por defectos formales, plazos, notificaciones en forma, falta de motivación, indefensión, o forma de dictar la resolución sancionadora. Respecto a si tu compañía puede o no emitir certificado de tráfico al número que esté a tu nombre pide que sea el instructor el que lo solicite dejando designados los archivos de la compañía a efectos de prueba , van a pasar de tí pero luego podrás alegar indefensión por no practicar esa prueba, y luego cuando llegues al contencioso la pides que allí probablemente la acuerden.
Última edición por patapa; 17/06/2008 a las 13:45.
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