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Antiguo 02/07/2008, 13:21   #3
pakillo loco 
Se caiba
 
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Pero la practica que se impone es que quiente te vaya a comprar el inmueble lo quiera libre de cargas o si se subroga en tu hipoteca, la entidad financiera debe aceptar la subrogación en la parte deudora.
De no ser así, y en caso de que el comprador también financie la compra, su entidad financiera también la quiera libre de cargas (por supuesto) y destine parte del precio de compraventa a la cancelación previa de la hipoteca con lo que ese dinero, que iba destinado a tí, no llegues a verlo en ningun momento.
Lo que quede de la diferencia entre la cancelación de la hipoteca y el precio de compraventa es el dinero quje tendrías en la mano para poder comprar otra.
Francamente, lo que indicas, en la práctica es inviable, aunque teóricamente sea posible.
Saludos
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Última edición por pakillo loco; 02/07/2008 a las 13:22.
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